eininíli» nvbio (9, w!« esnoiesoiií» »í> ttoiot, e-inr ortaom fifiviiy ¿ovitaihiflíiá sta'UQ.zu.loaa tizado^ ^ntes bien las torean como axioift^^I^i^^^^^^g^cj|p»^ úio con un poco más de í^fi^f^rt ^ «rt'^QOitt^otiuíe.t^ol^a'Jintoi^a^iCtBJí Qns el hombre tiene derecho á la existencia, esto es, a qne se fe re^>*te o no se le perturbcí nada más cierto; pero dermiO-á iw^O* demiileftg^^de» ber de mantenerla y cuidaría va una-distuncia que sólo puc ue su.lv«ri«á"jQ«0. Que la tierra es de los horobftóV.^^'ír^ifí?^'11^0 Mmitod^torway^» trtaB9COi puede, ji»garse; pero que ¡.ea propiedad de cada ^o^^'^^^^ÉB^" rá? Es el mismo absurdo que el derivado de ser el'homjare racional, Que . Jos hombros somoí-lgiiales, por pfrtenéctír a la raisma especie, na se disoutojipeíro sobre la especié hay el individuo y ústos no ía^álte^ín^^dá On^dtas- l^a, eleaprishO'O los moésidadeBji^ioénryda úiic»Bttya,iAtk dencia. Qu? la tierra ^épafa, todos Jo demuest^>fai««p^e«¿MpTiBXOFuqu«-ri6 errónc-o qiit-filuhRii^íSiiÁP é'^ectf tiwr* W«fliá»,*VWÍ% ^9¿ÍÍ^M^^§^m^>'' mar por müdio a un semejante suyo para todos loaiinftsdela exíatíacia^u, e0[ ' Bs TfdÍ£ulo este u-.oJu a discurrtrd*t«*c^bloé*y,^ íu«Ta ^*er qnlnta- «8«l)Mt8>fep?Si y 4* all» nos' tráea-qqiqo rc^al^^níp^,^» t!Z'\ií*'*fii'Jj¿ÍÍ !óíbjaOT^ii vaiioM^ ' \'í su .Se .onlntso a as M omuni A Gil es. — — — — ™ ^— — — — ——— — — w ——i ■» va. « w.» ^rw vw « No habiendo satiafeclio. como era natorál. W.ptojiacto d,«, ley ppr* Or jáni^ar las AAancouiunldades de las provincias, las Diputaciones de Barcelona, Lérida, Gcronn y Twrayona han acordado algunas enmiendas al flrlJcuIado para que sean apoyadas por losreprésentati'.eaen CortesdeCátalufia, ..' '."f ^ n»w5*ra «W? Dicijás enmiendas s&n cinco. Lo prlmefa «e reflete al artículo seseando, que. liabTáttdo i"- - ^probación de los pcoyectoa de Mancomunidades, se creo de soi^eler á las Cortes k fflipr cr ead n d lo dwmm La sa^nnda tic; de >i la l ;uc se discute. acLiracldn del articulo cuarto, que l¡aWa del crianismo que lia riente el i piado la Mancomunidad y de lo cual trata ti artícuio ochivo Finalmente, por la tjulnta y ! Itlma se pide la concesión de Validez leáalil los trátajos' realizados por la ponencia de la Mancojnunjdad t e la* Cipulacionea catalana». Nada tenen.os que ol-jetar fl las miferior s enmT?hdQa', puta tratándose de las DIdutaclone» provinciales tienen que limitarse á lo que afecta ó la adraioistración. Pero e