Gil Dichos pesadores o. medidores remitirán al fin de cada mes el estado .por menor de sus entradas, cuya mitad se pondrá en Ja caxa del teso; ero tUl • cuerpo municipal; c,uyo producto esta destinado à la subsistencia dç los hospitales , y à Cargo ,cfo dicho cuerpo. . Art, S. Los coreantes que venden carne fresca de qualq niera especie que sça, y los negociantes d-í pesca salada , estarán obligados à poner el pre. io de los objetos que ve-mlen. en un ró.ulo fixndo por !.i mañana en el paiage mas visible del lugar dóudc . despachan. Diçho precio no podrá vari isc en to jo ^1 dia. Los primeros .debcià.i también poner en el rótulo la qualjdad de la carne qui venden, la qiic no podrá ser sino de una sola especi : , y muerta en el matadero público; estarán también obliga.los à continau íu despacho, mientras tubicren carneen sus tablas, y à tener pesos propoixionados à los precios establecidos por la maíuna. Los que . contravinieren à qualquierade dichos puntos, pagarán una mtjlta de \6 pesetas. í\i<-tí9. Toditos que'.tr^xeren à la ciudad vino, vinagre , ú otros licores pa^a ven<íer estarán obi